jueves, septiembre 10, 2009

Garzón declara durante más de tres horas como imputado por prevaricación


La declaración más amarga del juez Baltasar Garzón ha tenido lugar este miércoles en la sede del Tribunal Supremo donde el magistrado se ha sentado por primera vez en el banquillo de los acusados. El titular del juzgado de instrucción Número 5 de la Audiencia Nacional, que estaba citado a las doce y media de la mañana, llegó puntual a su cita con el instructor Luciano Varela, quien lo interrogó durante algo más de tres horas y media en calidad de imputado.


A Garzón se le acusa de haber prevaricado en la causa general que abrió a la Guerra Civil y el franquismo en octubre de 2008. En la legislación española, el delito de prevaricación, tipificado en el artículo 446 del Código Penal, consiste en dictar resoluciones injustas a sabiendas de que lo son.

Según han informado fuentes presenciales, durante la declaración, Garzón rindió cuentas de su actuación procesal ante el instructor del Supremo, el fiscal, Luis Navajas, y el abogado de la acusación, Jaime Alonso, representante del sindicato Manos Limpias y la asociación libertad e Identidad.

Garzón acusa a su instructor

Una cita rodeada de expectación ya que a su entrada el magistrado fue jaleado por una decena de representantes de las asociaciones para la Recuperación de la Memoria Histórica, que le gritaron "viva Garzón"; mientras que a la salida las voces que se escuchaban eran bien distintas: "Garzón no divida a España".

Según han señalado fuentes jurídicas, el magistrado de la Audiencia Nacional se negó a contestar a las más de 150 preguntas que tenía preparadas la acusación para el interrogatorio y reprochó al magistrado del Supremo, Luciano Varela, que algunas de sus preguntas contenían juicios de valor.

Además, Garzón negó tajantemente haber incurrido en prevaricación alguna y defendió que con su causa general al franquismo no se apartó de la "finalidad legal" de investigar los hechos, depurar las posibles responsabilidades y, especialmente, dar protección a las víctimas con dicha causa. Asimismo, el juez estrella declaró que le sorprendió que en España, al contrario de lo que sucede en otros países europeos que han vivido circunstancias similares, no exista un censo oficial de víctimas de la represión franquista.

Unas declaraciones que de momento se desconoce si han convencido al instructor de la causa y si lo hará a Sala de lo Penal del Supremo, la cual en el auto de admisión a trámite de la querella contra Garzón sostuvo de forma unánime que el magistrado dictó providencias sin resolver el conflicto competencial planteado desde un primer momento por la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

Además, en dicha resolución el Supremo llamó la atención a Garzón por pedir el certificado de defunción de Franco y le recordó que “cuando la muerte es anterior a una condena (sic) se extingue la acción penal, lo cual determina que si el proceso estaba abierto porque vivía la persona, se archive de plano, y si no lo estaba, resulte absolutamente imposible incoarlo”.

¿Se apartará a Garzón de su juzgado?

Ahora, la clave del asunto está en si el instructor de la causa, Luciano Varela, una vez que haya practicado las diligencias que considere oportunas, decide archivar la causa o proseguir con la misma. En este segundo supuesto, la Sala de lo Penal tendría que dictar el auto de procesamiento contra el juez, que se traduciría en la imputación formal del mismo y en la consiguiente celebración del juicio oral.

En dicho caso, el Supremo debería poner en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial la mencionada imputación formal para que el órgano de gobierno de los jueces decretase la suspensión cautelar de sus funciones.

El pasado mes de mayo el Consejo ya informó de que sólo apartaría a Baltasar Garzón de su juzgado en el caso de que el Alto Tribunal dictase en su contra un auto de procesamiento o de apertura de juicio oral. Así actuó el CGPJ en el caso del magistrado Javier Gómez de Liaño, el otro juez de la Audiencia Nacional que junto con Garzón tuvo que declarar en el Supremo acusado por prevaricación, ya que el requisito que exige la ley (artículo 383 de la Ley Orgánica del Poder Judicial) para poder suspender a un juez es que se haya declarado judicialmente que se puede proceder contra él. La excentricidad de abrir una causa general contra el franquismo puede costarle caro al juez estrella.

Fuente: Libertad Digital

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