Un juzgado de Bilbao ha condenado a la aerolínea Iberia a pagar 2.700 euros a tres pasajeros por una escala no prevista que les hizo perder un vuelo a Buenos Aires. Salieron 13 horas más tarde y con tres horas de retraso. La sentencia contra la aerolínea española incluye el pago de daños morales por la "increíble peripecia" que vivieron los demandantes lo que les supuso "desazón y zozobra". Además, impone a Iberia el pago de las costas del proceso por "temeridad" al haber litigado con los viajeros a los que le dio explicaciones diferentes.
El magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao considera probado que los tres usuarios habían contratado con Iberia un vuelo Bilbao-Barcelona y otro Barcelona-Buenos Aires para el 4 de diciembre de 2005. Pero una vez que embarcaron en la ciudad condal para ir a la capital argentina, les comunicaron que el vuelo no era directo, sino que haría escala en Madrid. El avión no salió a las nueve de la mañana de Barcelona, como estaba previsto, sino que despegó casi a las once, lo que les impidió conectar con el vuelo a Buenos Aires.
Una vez en el aeropuerto de Madrid, se les facilitó a los viajeros un hotel y se les informó de que saldrían hacia su destino a las once de la noche, pero, finalmente, el vuelo salió a las tres menos veinte de la madrugada del día siguiente. Cuando los pasajeros presentaron la reclamación, la empresa les dio una explicación diferente a cada uno. En uno de los casos, señaló que se había tratado de una avería inesperada, en otro alegó el retraso en la llegada del avión y en el tercero adujo problemas de seguridad que aconsejaron desviar el vuelo a otro aeropuerto.
La resolución judicial considera "absurdo" que, si en los billetes "se hace constar un vuelo Barcelona-Buenos Aires, se haga escala en Madrid". La sentencia asegura que fue el retraso padecido en el vuelo de la ciudad condal el que provocó la pérdida del avión hacia la capital argentina. Además, el nuevo vuelo partió tres horas más tarde por lo que se le obliga a pagar daños y perjuicios por "la negligencia que supone el cumplimiento en forma y tiempo diferente al convenido".
La sentencia obliga a la compañía a pagar a cada uno de los demandantes 600 euros por el retraso y 300 euros por "el daño moral" causado por "la inquietud, la preocupación y el estrés" que provocó en estos pasajeros la constatación de que no había un vuelo sin escala entre Barcelona y Buenos Aires, y la desazón que ocasionó la pérdida de un día de estancia en Argentina. A juicio del magistrado, "la situación padecida por los viajeros supera la mera molestia, aburrimiento o fastidio propio de cualquier retraso aéreo", por lo que cree que la reclamación solicitada por los demandantes para "compensar todo ese desaguisado" es "moderada y prudente teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes".
Además, reprocha a la compañía aérea que las reclamaciones de los tres demandantes recibieran como respuesta excusas distintas, pese a que estaban en idénticas circunstancias, y que en ninguna de esas cartas de excusa se ofreciera respuestas adecuadas, obligando a los pasajeros a litigar.
Fuente: Alerta Digital
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