Juan José Ponce Caro, vecino de Tomelloso (Ciudad Real), se vio envuelto en un absurdo que le hizo estar 90 días en la cárcel, a pesar de que era totalmente inocente. Además del error, lo último que esperaba Juan José era que el Consejo General del Poder Judicial le responsabilice ahora a él de lo sucedido. El Poder Judicial ha analizado el caso de Juan José dentro de los expedientes que tramita por errores judiciales. Y la conclusión que extrae es imputar el cautiverio que vivió "a su propia falta de diligencia y cuidado".
Juan José no lo ve así y reclama al Ministerio de Justicia una indemnización de 1.000 euros por cada uno de los 90 días que pasó entre rejas injustamente acusado de un delito que en realidad había cometido la persona que le robó su DNI y que luego le suplantó ante la policía tras ser detenida por un robo con intimidación.
La imparable maquinaria judicial se puso en marcha contra Juan José y este, de un día para otro, acabó en prisión. De nada sirvieron sus lamentos. Día tras día, durante 90 días, pedía una y otra vez que le dejaran libre, que él no había hecho nada. Pero nadie, salvo su abogado, le hacía caso. Ni el juez ni los funcionarios de la cárcel, que debieron pensar que eso mismo sueltan muchos internos al llegar al presidio.
Sin embargo, Juan José era inocente de verdad. Sus problemas con la justicia nacieron cuando un delincuente le arrebató el DNI en un viaje que hizo desde su pueblo a Toledo. No le dio mayor importancia. Tiempo después se produjo un robo con intimidación y la policía de Toledo detuvo a tres personas. Una de ella exhibió el DNI de Juan José y se hizo pasar por él. En el DNI constaba, lógicamente, el domicilio de Juan José, en la calle de México del municipio extremeño de Tomelloso. El delincuente detenido, que luego quedó en libertad con cargos, argumentó que se dedicaba a la venta ambulante y que su domicilio no era fijo. Aun así, facilitó el que figuraba en el DNI y otro situado en el Cerro de la Mica, número 48, en Madrid.
Los dos juzgados que tramitaron el caso, primero el que instruyó e investigó el robo y después el Penal número 1 de Toledo, que lo juzgó, se entendieron con Juan José, o eso creyeron los jueces, vía exhorto, a través del juzgado de Tomelloso.
En los siguientes meses Juan José recibió en su casa diversas resoluciones judiciales: una en la que se le informaba de que el juzgado instructor veía un delito en su conducta y transformaba las diligencias en un procedimiento abreviado; otra avisándole de la apertura del juicio oral, y una más comunicándole que el fiscal le pedía seis meses de cárcel. También fue informado de que debía nombrar abogado y asistir a un juicio el 16 de septiembre de 2003 en Toledo. No hizo caso. Creyó la que la cosa no iba con él porque no había hecho nada malo.
El juicio se celebró en su ausencia. El 24 de septiembre de 2006, salió la sentencia: seis meses de cárcel. Como no la recurrió, esta devino firme y el juzgado ordenó su ingreso en prisión el 24 de octubre de 2005. Ya en la cárcel, a través de su abogado, pidió al juzgado, como medida urgente, que dejara en suspenso la pena por ser un delincuente primario y ser la condena inferior a dos años. Pero el juzgado desestimó su petición basándose en que tenia un antecedente delictivo por un delito contra la seguridad vial (y éste sí era real).
Su abogado siguió insistiendo en su inocencia y el 30 de noviembre de 2003 pidió una prueba pericial al juzgado. El juzgado acordó, con fecha 16 de diciembre de 2003, que se practicase una prueba dactiloscópica y otra fotográfica para verificar que las huellas y aspecto físico de la persona detenida en agosto de 1997 no se correspondían con Juan José. El informe de la Guardia Civil de Ciudad Real le dio la razón, y fue puesto en libertad las vísperas de Navidad de 2003.
Juan José ha admitido que recibió las notificaciones del juzgado, pero que no hizo caso porque él no había hecho nada y creyó que se traba de un error. Su abogado expuso que se trata de una persona de "bajo nivel cultural y condición muy humilde".
El Poder Judicial ha analizado su caso y entiende que la culpa es de Juan José por no haber alertado del error al juzgado. Y atribuye todo a su "desinterés y pasividad". "La actitud diligente que tuvo cuando fue a la cárcel, pudo también realizarla durante la tramitación del procedimiento, haciendo constar simplemente que no había sido objeto de detención por un robo y que alguien, sirviéndose de su DNI, suplantó su personalidad", señala el Consejo.
El Poder Judicial sostiene que el juzgado actuó "con la diligencia razonable una vez fue alertado" por el abogado de Juan José del error. Y que ordenó su libertad en cuanto le llegó el informe policial sobre las huellas. Sin embargo, desde que el abogado alertó del error, el 30 de noviembre, hasta que el juzgado ordenó la citada prueba pericial pasaron 16 días. El Poder Judicial subraya, además, que en el caso de Juan José no hay un funcionamiento anormal de la Administración de justicia susceptible de indemnización, ya que, según el informe, "la razón fundamental de la privación de libertad que sufrió, sustancialmente se debe a su propia falta de diligencia y cuidado".
Fuente: elpais.com
Juan José no lo ve así y reclama al Ministerio de Justicia una indemnización de 1.000 euros por cada uno de los 90 días que pasó entre rejas injustamente acusado de un delito que en realidad había cometido la persona que le robó su DNI y que luego le suplantó ante la policía tras ser detenida por un robo con intimidación.
La imparable maquinaria judicial se puso en marcha contra Juan José y este, de un día para otro, acabó en prisión. De nada sirvieron sus lamentos. Día tras día, durante 90 días, pedía una y otra vez que le dejaran libre, que él no había hecho nada. Pero nadie, salvo su abogado, le hacía caso. Ni el juez ni los funcionarios de la cárcel, que debieron pensar que eso mismo sueltan muchos internos al llegar al presidio.
Sin embargo, Juan José era inocente de verdad. Sus problemas con la justicia nacieron cuando un delincuente le arrebató el DNI en un viaje que hizo desde su pueblo a Toledo. No le dio mayor importancia. Tiempo después se produjo un robo con intimidación y la policía de Toledo detuvo a tres personas. Una de ella exhibió el DNI de Juan José y se hizo pasar por él. En el DNI constaba, lógicamente, el domicilio de Juan José, en la calle de México del municipio extremeño de Tomelloso. El delincuente detenido, que luego quedó en libertad con cargos, argumentó que se dedicaba a la venta ambulante y que su domicilio no era fijo. Aun así, facilitó el que figuraba en el DNI y otro situado en el Cerro de la Mica, número 48, en Madrid.
Los dos juzgados que tramitaron el caso, primero el que instruyó e investigó el robo y después el Penal número 1 de Toledo, que lo juzgó, se entendieron con Juan José, o eso creyeron los jueces, vía exhorto, a través del juzgado de Tomelloso.
En los siguientes meses Juan José recibió en su casa diversas resoluciones judiciales: una en la que se le informaba de que el juzgado instructor veía un delito en su conducta y transformaba las diligencias en un procedimiento abreviado; otra avisándole de la apertura del juicio oral, y una más comunicándole que el fiscal le pedía seis meses de cárcel. También fue informado de que debía nombrar abogado y asistir a un juicio el 16 de septiembre de 2003 en Toledo. No hizo caso. Creyó la que la cosa no iba con él porque no había hecho nada malo.
El juicio se celebró en su ausencia. El 24 de septiembre de 2006, salió la sentencia: seis meses de cárcel. Como no la recurrió, esta devino firme y el juzgado ordenó su ingreso en prisión el 24 de octubre de 2005. Ya en la cárcel, a través de su abogado, pidió al juzgado, como medida urgente, que dejara en suspenso la pena por ser un delincuente primario y ser la condena inferior a dos años. Pero el juzgado desestimó su petición basándose en que tenia un antecedente delictivo por un delito contra la seguridad vial (y éste sí era real).
Su abogado siguió insistiendo en su inocencia y el 30 de noviembre de 2003 pidió una prueba pericial al juzgado. El juzgado acordó, con fecha 16 de diciembre de 2003, que se practicase una prueba dactiloscópica y otra fotográfica para verificar que las huellas y aspecto físico de la persona detenida en agosto de 1997 no se correspondían con Juan José. El informe de la Guardia Civil de Ciudad Real le dio la razón, y fue puesto en libertad las vísperas de Navidad de 2003.
Juan José ha admitido que recibió las notificaciones del juzgado, pero que no hizo caso porque él no había hecho nada y creyó que se traba de un error. Su abogado expuso que se trata de una persona de "bajo nivel cultural y condición muy humilde".
El Poder Judicial ha analizado su caso y entiende que la culpa es de Juan José por no haber alertado del error al juzgado. Y atribuye todo a su "desinterés y pasividad". "La actitud diligente que tuvo cuando fue a la cárcel, pudo también realizarla durante la tramitación del procedimiento, haciendo constar simplemente que no había sido objeto de detención por un robo y que alguien, sirviéndose de su DNI, suplantó su personalidad", señala el Consejo.
El Poder Judicial sostiene que el juzgado actuó "con la diligencia razonable una vez fue alertado" por el abogado de Juan José del error. Y que ordenó su libertad en cuanto le llegó el informe policial sobre las huellas. Sin embargo, desde que el abogado alertó del error, el 30 de noviembre, hasta que el juzgado ordenó la citada prueba pericial pasaron 16 días. El Poder Judicial subraya, además, que en el caso de Juan José no hay un funcionamiento anormal de la Administración de justicia susceptible de indemnización, ya que, según el informe, "la razón fundamental de la privación de libertad que sufrió, sustancialmente se debe a su propia falta de diligencia y cuidado".
Fuente: elpais.com
1 comentario:
La justicia, y sus perpetradores, culpando de su propia incompetencia al ciudadano inocente. Que dejen de ingresarles la nómina y, si no van a reclamarla en menos de 24 horas, que se la retiren. Aunque, para eso, como para desayunar, seguro que no tardan ni 30 minutos.
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