domingo, junio 24, 2007

Valencia: Un juez avala la huella digital para controlar a los funcionarios

El sistema de huella digital, implantado por la Generalitat Valenciana en la Ciudad de la Justicia de Valencia, para obligar a los funcionarios a fichar «no vulnera derecho fundamental alguno», por cuanto su uso «sólo pretende servir como instrumento de control y verificación del horario de entrada y salida de los funcionarios a sus centros de trabajo, recogiéndose como únicos datos el número de DNI, nombre y apellidos, fecha de nacimiento y número de registro personal». El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete de Valencia ha desestimado el recurso interpuesto por tres empleados públicos contra este sistema de control de horarios que empezó a funcionar a principios de año en la Ciudad de la Justicia de Valencia y que la Generalitat tiene previsto implantar en el resto de edificios judiciales.

En contra del criterio de los denunciantes, la Fiscalía mantenía que el dispositivo, basado en la obtención de datos biométricos, «no lesiona la intimidad corporal ni la dignidad humana»; tampoco «conculca el derecho a la integridad física o a la salud» ni vulnera «el derecho a la igualdad».

Según la variada jurisprudencia citada en la sentencia, los equipos están basados en «el reconocimiento tridimensional de la mano», de manera que se registran más de 90 medidas para «verificar la identidad» de las personas. «Utiliza planos tridimensionales obtenidos mediante luz infrarroja y óptica», pero «no escanea detalles como líneas, huellas o color». «La tecnología de geometría de mano no es usada para identificación personal sino para verificación», mantiene la juez, que recuerda que el dispositivo, que convierte la información obtenida en una representación matemática de 9 bytes que se almacenan en la unidad, «no recoge información de la huella dactilar diginal, asegurando así la intimidad de los usuarios»; es además, «absolutamente inofensivo» por cuanto la luz infrarroja utilizada en el lector manual «es la misma que se utiliza en mandos a distancia de vídeo o televisión».

La sentencia concluye que «el nuevo sistema de control resulta idóneo para conseguir el objetivo propuesto, que no es otro que el de lograr un mayor nivel de eficacia en la administración pública», mediante un «control efectivo» de las obligaciones de los funcionarios, que «se inician en el momento del puntual acceso a sus puestos de trabajo y en una estricta observancia de la jornada laboral». La existencia de otros posibles sistemas, añade la resolución judicial, «no convierte el sistema enjuiciado en ilegal».

Fuente: ABC

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