domingo, junio 22, 2008

Valencia: Miles de condenados no constan como delincuentes en los registros de Justicia

El dato es alarmante pero real. Más de 2.000 personas condenadas en Valencia no constan como delincuentes al no estar recogidos en el Registro Central de Penados y Rebeldes, un listado dependiente del Ministerio de Justicia que custodia los antecedentes penales de las personas sobre las que pesa un fallo que es firme.


Así lo indica un requerimiento de la Subdirección General de los Registros Judiciales en una nota remitida a los tres juzgados de Ejecutorias de Valencia (el número 5, 13 y 14). El escrito insta a los órganos judiciales a volver a enviarle cerca de 2.000 notas de condena que, según los propios magistrados, ya fueron tramitadas pero que, sin embargo, no constan.

El Registro de Penados es un instrumento de vital importancia al que acceden los magistrados, la Policía y la Guardia Civil para comprobar los antecedentes penales de cualquier detenido o imputado. Si no aparecen en este directorio, es como si nunca hubieran delinquido.

El requerimiento del ministerio ha enervado a uno de los magistrados afectados, cuya reacción ha sido firme y así ha quedado plasmada en otro escrito enviado al Gobierno.

La notificación rescata el grave problema de saturación que viven los juzgados de Ejecutorias. El hecho de tener que volver a remitir las notas de condena puede hacer tambalear el ya de por sí frenético funcionamiento de los tres juzgados, asfixiados por el atasco de papel y con un elevado número de sentencias pendientes de ejecución. "Hay un gran tapón y esto supondría un trabajo extra que trastocaría todo", señalaron fuentes judiciales.

Uno de los juzgados puso los hechos en conocimiento de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) y el secretario de Gobierno ya ha tomado cartas en el asunto.

Carta al Ministerio de Justicia

En una carta dirigida al Ministerio de Justicia, expone que los documentos que ahora se piden ya fueron remitidos en su momento "tanto telemáticamente como en papel", aclara. Por eso, recalca que desconoce la causa que ha determinado que todavía estén pendientes y subraya que es "inasumible" para estos tres juzgados volver a realizar el trabajo.

"Se desconoce la causa que ha determinado la pendencia que, en todo caso, no parece achacable a estos órganos judiciales y, con la insuficiente plantilla con que cuentan, entiendo que resulta inasumible", recoge el escrito enviado al subdirector general de Medios Personales, perteneciente al Ministerio de Justicia.

Asimismo, advierte de que en caso de tener que volver a realizar todo el trámite "se podrían provocar dilaciones en la labor procesal ejecución penal y estado de las causas que, entiendo, deberían ser preferentes a otras tareas".

"Es por ello que solicito que se arbitre algún sistema que permita que sea el propio Registro Central de Penados y Rebeldes el que se subsane el defecto apreciado, a lo que parece no advertido por el mismo pese a que determinadas notas se remitieron hace más de dos años", concluye.

Cruce de misivas

El cruce de misivas se inició hace varias semanas después de que los secretarios judiciales de los tres juzgados de Valencia especializados en ejecutorias recibieran un oficio de la Subdirección General de Registros Judiciales.

En el documento, se les informaba de que se desconocían las causas por las que las notas de condenas no habían sido recibidas y les instaban a que se confirmara la validez de las pendientes y que se volvieran a imprimir, firmar y sellar para incorporarlas al Registro Central de Penados y Rebeldes.

Un trámite que trastoca, y mucho, la actividad de los tres órganos judiciales dado el intenso volumen de trabajo que soportan a diario con un número de funcionarios exiguo.

El alto tribunal autonómico está ahora a la espera de la contestación de Justicia. La inscripción de un delincuente permite a cualquier magistrado saber si la persona a la que va a enjuiciar carga con algún tipo de antecedente penal.

Si un magistrado juzgara a una persona, que está sancionada pero que no consta en este listado, no podría aplicar el agravante de reincidencia ni apreciar la medida penal que hubiera quebrantado.

Dicho de otra manera, si la segunda condena fuera inferior a dos años no entraría en prisión porque, una vez consultado el registro, no figuraría y, por tanto, podría obtener los beneficios dispuestos por la ley.

Fuente: elmundo.es

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