El Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo decidió ayer mantener la sanción de 1.500 euros impuesta al que fuera juez de lo Penal número 1 de Sevilla Rafael Tirado, pena dictada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por su actuación en la ejecución de una condena por abusos dictada contra el presunto asesino de la niña Mari Luz Cortés, Santiago del Valle, que propició que éste se encontrara en la calle cuando se produjo el crimen.
La sala desestima así el recurso interpuesto por la Fiscalía en el que se pedía que la sanción de 1.500 euros se sustituyera por la suspensión durante tres años al considerar que el juez cometió una falta "muy grave" por "una desatención continuada en el tiempo" del juez respecto de la ejecutoria de la sentencia de Del Valle.
Con la confirmación de la multa acordada por el pleno del CGPJ, el alto tribunal también desestima el recurso interpuesto por el propio Tirado que reclamaba que la multa fuera anulada. La decisión del CGPJ de multar a Tirado, adoptada en diciembre de 2008, fue respaldada por la totalidad de los vocales de extracción judicial de este órgano con excepción de Félix Azón, ponente de la propuesta, quien durante el debate defendió la imposición de una suspensión de dos meses para Tirado.
Otros cinco vocales discrepantes, ninguno de ellos procedente de la Carrera Judicial, se posicionaron a favor de imponer al juez de Sevilla seis meses de suspensión --una sanción que hubiera supuesto su traslado forzoso--, mientras que la vocal Concepción Espejel, de extracción judicial y designada a propuesta del PP, pidió que se le quitara incluso la multa, al entender que su actuación no había constituido ninguna infracción de carácter disciplinario.
PROPUESTA DE LA FISCALÍA
La Fiscalía sostuvo ante la Sala de lo Contencioso del Supremo que la conducta de Tirado debia ser sancionada como falta "muy grave", al entender que hubo "una desatención continuada en el tiempo" del juez respecto de la ejecutoria de la sentencia de Del Valle que debía ser castigada más duramente.
Durante el debate de este asunto en el Consejo, la Fiscalía pidió una sanción de suspensión para Tirado por tres años por la comisión de una falta "muy grave" del art. 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que contemplaba la posibilidad de un traslado forzoso o incluso apartar definitivamente al magistrado de la carrera judicial, extremo que apoyaba en su día la familia de la niña Mari Luz.
Según el Ministerio Fiscal, el juez "debería haber establecido un mínimo control sobre el estado de todas y cada una de las ejecutorias que se tramitaban en el Juzgado, lo que le hubiera permitido, al efectuar dicho control, detectar la existencia de la ejecutoria 31/06 y del estado de paralización en que se encontraba".
Fuente: La Ley
La sala desestima así el recurso interpuesto por la Fiscalía en el que se pedía que la sanción de 1.500 euros se sustituyera por la suspensión durante tres años al considerar que el juez cometió una falta "muy grave" por "una desatención continuada en el tiempo" del juez respecto de la ejecutoria de la sentencia de Del Valle.
Con la confirmación de la multa acordada por el pleno del CGPJ, el alto tribunal también desestima el recurso interpuesto por el propio Tirado que reclamaba que la multa fuera anulada. La decisión del CGPJ de multar a Tirado, adoptada en diciembre de 2008, fue respaldada por la totalidad de los vocales de extracción judicial de este órgano con excepción de Félix Azón, ponente de la propuesta, quien durante el debate defendió la imposición de una suspensión de dos meses para Tirado.
Otros cinco vocales discrepantes, ninguno de ellos procedente de la Carrera Judicial, se posicionaron a favor de imponer al juez de Sevilla seis meses de suspensión --una sanción que hubiera supuesto su traslado forzoso--, mientras que la vocal Concepción Espejel, de extracción judicial y designada a propuesta del PP, pidió que se le quitara incluso la multa, al entender que su actuación no había constituido ninguna infracción de carácter disciplinario.
PROPUESTA DE LA FISCALÍA
La Fiscalía sostuvo ante la Sala de lo Contencioso del Supremo que la conducta de Tirado debia ser sancionada como falta "muy grave", al entender que hubo "una desatención continuada en el tiempo" del juez respecto de la ejecutoria de la sentencia de Del Valle que debía ser castigada más duramente.
Durante el debate de este asunto en el Consejo, la Fiscalía pidió una sanción de suspensión para Tirado por tres años por la comisión de una falta "muy grave" del art. 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que contemplaba la posibilidad de un traslado forzoso o incluso apartar definitivamente al magistrado de la carrera judicial, extremo que apoyaba en su día la familia de la niña Mari Luz.
Según el Ministerio Fiscal, el juez "debería haber establecido un mínimo control sobre el estado de todas y cada una de las ejecutorias que se tramitaban en el Juzgado, lo que le hubiera permitido, al efectuar dicho control, detectar la existencia de la ejecutoria 31/06 y del estado de paralización en que se encontraba".
Fuente: La Ley
1 comentario:
El corporativismo lleva a que un cargo de menor responsabilidad se lleve mayor castigo. Menudo ejemplo de justicia dan los jueces.
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