La Audiencia de Cantabria ha absuelto de un delito de violencia de género a un joven que amenazó y persiguió a su ex novia para que volviera con él, porque considera que un «enamoramiento propio de adolescentes», sin proyecto de futuro, no puede equipararse a la relación de pareja que exige el Código Penal.
La sección tercera de la Audiencia ha confirmado así la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander, que condenaba a J.M.G.L. a pagar una multa de 60 euros por una falta de amenazas y coacciones de carácter leve y le prohibía acercarse a la chica, menor de edad, durante seis meses, pero le absolvía del delito de violencia de género que también se le imputaba.
En esa sentencia se relata que, con el fin de reanudar su relación, el joven trató de presionar a la chica de diversas formas: llamándola insistentemente a diario a su teléfono móvil, presentándose en el centro donde estudiaba dibujo, dando gritos y golpes en la puerta, y llamando a sus amigos y conocidos en tono intimidatorio.
Además se acercó a las inmediaciones del domicilio de la chica, por donde sabía que paseaba a su perro, la abordó, diciéndole a gritos que «se iba a enterar» y que «con quien había estado» y le arrebató el móvil. Como no atendió a sus requerimientos, llegó a tirarse por el suelo y a arrastrarse por la calzada.
Dos años de relación
La acusación particular recurrió el fallo del Juzgado de lo Penal número 2 al considerar que el joven había cometido un delito de violencia de género, pero la Audiencia desestima ese recurso con el argumento de que la relación que mantenía con la chica, aunque haya durado dos años, no puede ser calificada como de pareja en los términos que recoge el artículo 172 del Código Penal.
Así, recuerda que ese artículo se refiere a quienes de modo leve coaccionen «a quien sea o haya sido su esposa o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia».
Para el tribunal, la relación de noviazgo tendría cabida en ese contexto si existiera la finalidad de constituir una pareja estable, una finalidad que puede presumirse en las relaciones de este tipo entre personas mayores de edad que estudien o trabajen pero que es «menos evidente» entre menores que están todavía en fase escolar, en colegios o institutos, y que carecen de otros medios económicos que los que les proporcionan sus padres o tutores, con los que además conviven.
Argumenta que en este caso se trata de una menor de edad que tenía trece años cuando empezó la relación y «de un muchacho que tiene ahora dieciocho» y añade que es «difícil imaginar» que, con el grado de madurez que se les supone, «se pueda tener una relación de pareja con idea de proyecto común y compartido».
«De proyecto futuro no cabe ni pensar. De vinculaciones tampoco. Lo que había entre ambos era la típica relación de enamoramiento que puede prolongarse más o menos en el tiempo, pero en la que no se puede predicar que concurran las notas características de una pareja a los fines previstos en la norma», razona la magistrada ponente de la sentencia, Paz Aldecoa.
Fuente: eldiariomontanes.es
La sección tercera de la Audiencia ha confirmado así la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander, que condenaba a J.M.G.L. a pagar una multa de 60 euros por una falta de amenazas y coacciones de carácter leve y le prohibía acercarse a la chica, menor de edad, durante seis meses, pero le absolvía del delito de violencia de género que también se le imputaba.
En esa sentencia se relata que, con el fin de reanudar su relación, el joven trató de presionar a la chica de diversas formas: llamándola insistentemente a diario a su teléfono móvil, presentándose en el centro donde estudiaba dibujo, dando gritos y golpes en la puerta, y llamando a sus amigos y conocidos en tono intimidatorio.
Además se acercó a las inmediaciones del domicilio de la chica, por donde sabía que paseaba a su perro, la abordó, diciéndole a gritos que «se iba a enterar» y que «con quien había estado» y le arrebató el móvil. Como no atendió a sus requerimientos, llegó a tirarse por el suelo y a arrastrarse por la calzada.
Dos años de relación
La acusación particular recurrió el fallo del Juzgado de lo Penal número 2 al considerar que el joven había cometido un delito de violencia de género, pero la Audiencia desestima ese recurso con el argumento de que la relación que mantenía con la chica, aunque haya durado dos años, no puede ser calificada como de pareja en los términos que recoge el artículo 172 del Código Penal.
Así, recuerda que ese artículo se refiere a quienes de modo leve coaccionen «a quien sea o haya sido su esposa o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia».
Para el tribunal, la relación de noviazgo tendría cabida en ese contexto si existiera la finalidad de constituir una pareja estable, una finalidad que puede presumirse en las relaciones de este tipo entre personas mayores de edad que estudien o trabajen pero que es «menos evidente» entre menores que están todavía en fase escolar, en colegios o institutos, y que carecen de otros medios económicos que los que les proporcionan sus padres o tutores, con los que además conviven.
Argumenta que en este caso se trata de una menor de edad que tenía trece años cuando empezó la relación y «de un muchacho que tiene ahora dieciocho» y añade que es «difícil imaginar» que, con el grado de madurez que se les supone, «se pueda tener una relación de pareja con idea de proyecto común y compartido».
«De proyecto futuro no cabe ni pensar. De vinculaciones tampoco. Lo que había entre ambos era la típica relación de enamoramiento que puede prolongarse más o menos en el tiempo, pero en la que no se puede predicar que concurran las notas características de una pareja a los fines previstos en la norma», razona la magistrada ponente de la sentencia, Paz Aldecoa.
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