viernes, mayo 22, 2009

Sentencia en el País Vasco: La concesión de permisos de los funcionarios de Justicia corresponde al Estado

Una sentencia de un juzgado de lo Contencioso-administrativo de San Sebastián recuerda al Gobierno Vasco que los funcionarios de Justicia son cuerpos nacionales, que en algunos aspectos se rigen por una normativa común a todo el Estado, a pesar de la transferencia parcial de esta materia a Euskadi. Este criterio está también recogido en el artículo 470 de la normativa que en 2003 modificó la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que establece que los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia "tendrán el carácter de cuerpos nacionales".


En esta misma línea, la sentencia del juzgado donostiarra admite ahora que el País Vasco "dispone de competencias en relación con el personal del servicio", pero recalca que es al Estado al que le corresponde "la competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia". Advierte además de que los derechos y deberes de los funcionarios de Justicia se incluyen "entre los aspectos centrales del estatuto jurídico del personal" reservados al Estado, sin estar "afectados por las cláusulas subrogatorias de los Estatutos de Autonomía".

La sentencia desarrolla esta argumentación a raíz de un recurso interpuesto por una funcionaria a la que la Consejería de Justicia denegó su derecho a acogerse a una reducción de un tercio de su jornada "por interés particular" con una rebaja del 25% de su sueldo, cuando este departamento era dirigido por Joseba Azkarraga (EA).

El permiso le fue rechazado en un primer momento por la Dirección de Recursos Humanos del Gobierno Vasco y en segunda instancia por la Viceconsejería de Justicia con el argumento de que en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco no existe "un permiso de reducción de jornada que no conlleve -asimismo- una reducción proporcional de retribuciones" como el solicitado por la funcionaria.

La afectada recurrió ambas decisiones ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de San Sebastián, que ahora le ha dado la razón en una sentencia en la que determina que "los permisos y licencias -de los funcionarios- se configuran precisamente como derechos, por lo que sin duda su regulación queda fuera" de las competencias autonómicas.

Explica asimismo que "el estatuto jurídico de estos cuerpos nacionales no puede ser puesto en cuestión" y su "homogeneidad" no puede ser "alterada" por "el ejercicio por parte de las Comunidades Autónomas de las competencias reglamentarias o de ejecución en que se concretan las cláusulas subrogatorias en sus Estatutos de Autonomía", motivo por el que estima la petición de la funcionaria.

Fuente: expansion.com

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