lunes, enero 14, 2008

Mieres: Condenado funcionario por quedarse con dinero de multas

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a un ex funcionario del Juzgado número 2 de Mieres a un año y medio de prisión y a una multa de casi 1.800 euros, tras considerarle «autor criminalmente responsable» de sendos «delitos continuados de falsedad en documento oficial y de malversación de caudales públicos» en el desempeño de su actividad laboral. Según fuentes cercanas al caso, J. B. S. N., que en el momento de hacerse pública la sentencia ya no trabajaba en la sede judicial mierense, llegó a exigir a varios vecinos del concejo el pago inmediato y en metálico de multas, apropiándose indebidamente del dinero.

El fallo judicial, que ya tiene carácter firme, también decreta dos años y medio de suspensión de empleo o cargo público para el acusado. A esta medida se suma la decisión del Ministerio de Justicia de que pierda la condición de funcionario de carrera, un castigo que, al contrario que la sentencia emitida por la Audiencia, todavía podría ser recurrido, aunque no por la vía administrativa. J. B. S. N. estaba adscrito al cuerpo de auxilio judicial.

La sanción judicial contra J. B. S. N. podría haber sido mucho más contundente, dada la gravedad de los hechos. Sin embargo, el magistrado que vio el caso apreció una «eximente incompleta» por «alteración psíquica» para ambos delitos, así como un atenuante por devolver el dinero en el caso del de malversación de caudales públicos.

A partir de estas apreciaciones, y por lo que se refiere al «delito continuado de falsedad», el juez impuso al acusado la pena de un año y seis meses de prisión y seis meses de multa, con cuota diaria de cinco euros. La responsabilidad personal subsidiaria, en el caso de insolvencia, quedó establecida en un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas. Además, la sentencia incluye un castigo de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos años.

En lo que se refiere al delito de malversación, la pena es de seis meses de multa, con cuota diaria de cinco euros. Al igual que en el caso anterior, la responsabilidad personal subsidiaria si se apreciase insolvencia también sería de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas. La suspensión de empleo o para cargo público por este delito queda establecida en seis meses.

Por su lado, el Ministerio de Justicia ha decretado la pérdida de la condición de funcionario basándose en que la ley incluye tal medida en caso de «inhabilitación absoluta o especial impuesta como pena principal o accesoria por los tribunales, cuando la misma sea firme», como es el caso. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, J. B. S. N. podría interponer un recurso potestativo de reposición ante el Ministerio en el plazo de un mes. También se admitiría un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en este caso en el plazo de dos meses.


Fuente: lne.es

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