El Tribunal Supremo ha rechazado anular el archivo, acordado en julio de 2009 por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), de la investigación sobre los cobros del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón durante su estancia en Estados Unidos entre 2005 y 2006, en los que no apreció falta disciplinaria.
El Supremo rechaza así, en un auto notificado el miércoles, el incidente de ejecución de sentencia presentado por los abogados que denunciaron a Garzón por dichos cobros (Antonio Panea y José Luis Mazón) contra la decisión del CGPJ, que según el alto tribunal contaba con una "motivación suficiente".
El TS considera que el acuerdo del CGPJ cumple con las exigencias mínimas para proceder al archivo de las actuaciones, ya que disponía de "un conocimiento suficiente de los hechos denunciados" y además éstos se valoraban motivadamente en la resolución.
No obstante, el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo reitera que la valoración que realiza el CGPJ, en el caso de considerar que no existe motivo para sancionar a un juez o ni siquiera para abrir un expediente disciplinario, no puede ser sustituida por la que realice el TS.
El 2 de julio de 2009 la comisión disciplinaria del CGPJ consideró que Garzón no incurrió en ninguna falta en relación con su estancia en la Universidad de Nueva York, a donde se desplazó en virtud de la concesión de una licencia de estudios que le fue concedida por la comisión permanente del Consejo.
La resolución, que ahora confirma el TS, entendió que no se trató de una autorización de compatibilidad para el ejercicio de un segundo empleo, por lo que tampoco cabe analizar si las cantidades percibidas por el magistrado superaron los límites establecidos legalmente, ya que estos límites se establecen para los casos en los que se compatibilizan dos cargos públicos, "circunstancia que no se da en este asunto".
La denuncia inicial contra Garzón por este asunto fue presentada por el abogado Antonio Panea el 22 de febrero de 2008, aunque posteriormente se adhirió a ella el letrado José Luis Mazón.
Los abogados, que acusaban a Garzón de haber recibido 1,7 millones de dólares del Banco Santander por la presentación de un ciclo de conferencias y luego archivar una causa judicial contra esta entidad bancaria, pedían al TS que anulara el archivo decidido por el CGPJ al considerar que no se habían investigado "verdaderamente" los cobros del magistrado.
Añadían además que después el archivo de la investigación se decidió antes de que el Banco de Santander remitiera al Supremo una serie de documentación, entre la que figuraban varias cartas del juez de la Audiencia Nacional al presidente de la entidad, Emilio Botín, en la que el primero le agradece a éste el patrocinio de sus conferencias en la Universidad de Nueva York.
Fuente: elimparcial.es
El Supremo rechaza así, en un auto notificado el miércoles, el incidente de ejecución de sentencia presentado por los abogados que denunciaron a Garzón por dichos cobros (Antonio Panea y José Luis Mazón) contra la decisión del CGPJ, que según el alto tribunal contaba con una "motivación suficiente".
El TS considera que el acuerdo del CGPJ cumple con las exigencias mínimas para proceder al archivo de las actuaciones, ya que disponía de "un conocimiento suficiente de los hechos denunciados" y además éstos se valoraban motivadamente en la resolución.
No obstante, el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo reitera que la valoración que realiza el CGPJ, en el caso de considerar que no existe motivo para sancionar a un juez o ni siquiera para abrir un expediente disciplinario, no puede ser sustituida por la que realice el TS.
El 2 de julio de 2009 la comisión disciplinaria del CGPJ consideró que Garzón no incurrió en ninguna falta en relación con su estancia en la Universidad de Nueva York, a donde se desplazó en virtud de la concesión de una licencia de estudios que le fue concedida por la comisión permanente del Consejo.
La resolución, que ahora confirma el TS, entendió que no se trató de una autorización de compatibilidad para el ejercicio de un segundo empleo, por lo que tampoco cabe analizar si las cantidades percibidas por el magistrado superaron los límites establecidos legalmente, ya que estos límites se establecen para los casos en los que se compatibilizan dos cargos públicos, "circunstancia que no se da en este asunto".
La denuncia inicial contra Garzón por este asunto fue presentada por el abogado Antonio Panea el 22 de febrero de 2008, aunque posteriormente se adhirió a ella el letrado José Luis Mazón.
Los abogados, que acusaban a Garzón de haber recibido 1,7 millones de dólares del Banco Santander por la presentación de un ciclo de conferencias y luego archivar una causa judicial contra esta entidad bancaria, pedían al TS que anulara el archivo decidido por el CGPJ al considerar que no se habían investigado "verdaderamente" los cobros del magistrado.
Añadían además que después el archivo de la investigación se decidió antes de que el Banco de Santander remitiera al Supremo una serie de documentación, entre la que figuraban varias cartas del juez de la Audiencia Nacional al presidente de la entidad, Emilio Botín, en la que el primero le agradece a éste el patrocinio de sus conferencias en la Universidad de Nueva York.
Fuente: elimparcial.es
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