El magistrado del Tribunal Supremo Luciano Varela, que instruye la causa por prevaricación abierta contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por investigar las desapariciones tras la Guerra Civil, ha dictado un auto en el que ve motivos para sentarle en el banquillo, si bien pide que sea la Sala, compuesta por cinco magistrados, la que decida si finalmente archiva el caso o bien le ordena seguir con la "fase de preparación del juicio oral" .
La decisión del instructor se desarrolla en un extenso auto de 60 páginas, notificado este jueves, en el que se desestima la última petición de Garzón para que el caso sea cerrado. La decisión puede ser recurrida ante la Sala y Garzón, por su parte, ya está estudiando con su abogado Gonzalo Martínez-Fresneda la posible interposición de recurso de apelación, informaron fuentes jurídicas.
El escrito de Varela incluye valoraciones de calado, como la que señala que el examen de las actuaciones "ha revelado, como hecho probable, que el magistrado querellado actuó con la finalidad de eludir la decisión del legislador sobre el régimen de localización y exhumación de víctimas de los horrendos crímenes del franquismo (*) sabiendo que éstos habían sido objeto de amnistía por las Cortes democráticas de España, cuya voluntad decidió conscientemente ignorar u orillar".
Tal hecho puede constituir un delito de prevaricación del artículo 446.3 del Código Penal, según Varela, que añade que "por ahora" no procede adoptar la decisión de seguir la fase de preparación del juicio oral.
Móviles altruistas
El magistrado del Supremo reconoce, no obstante, los "móviles altruistas" del titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, "como el encomiable deseo de paliar el sufrimiento de los familiares de las víctimas de los horrendos crímenes". Sin embargo, estas intenciones "no eximen, ni siquiera atenúan la eventual irresponsabilidad penal en que pudiera haberse incurrido".
La querella contra Garzón, admitida a trámite el 27 de mayo de 2009, fue interpuesta por el sindicato de funcionarios Manos Limpias y posteriormente se adhirieron a la misma la asociación Libertad e Identidad y también Falange Española y de las JONS. Garzón se enfrenta a una posible condena de multa e inhabilitación.
El auto hace un análisis exhaustivo de todas las resoluciones dictadas por Garzón en el marco de la investigación de las desapariciones hasta que se inhibió a favor de los juzgados territoriales el pasado 18 de noviembre.
Concluye que "no existía objeto procesal que justificase la iniciación del procedimiento", que Garzón "era consciente de que carecía de competencia para instruir" una causa sobre los hechos denunciados y que la consideración de éstos como delito de lesa humanidad "no autoriza a reavivar una responsabilidad penal ya extinguida por prescripción y por amnistía".
Controlar exhumaciones
A juicio del instructor del Supremo, la investigación realizada por Garzón en la causa de las desapariciones "tuvo como único objeto real controlar la realización de exhumaciones", asumiendo en la jurisdicción "funciones que aquella atribuía a las Administraciones públicas en materia de localización e identificación de víctimas".
La Fiscalía ha solicitado de forma reiterada el archivo de esta investigación si bien ahora la pelota se encuentra en el tejado del propio magistrado, que puede recurrir en apelación ante la Sala, la misma que admitió a trámite la iniciativa de Manos Limpias contra el juez. La componen los magistrados Adolfo Prego, Juan Saavedra, Joaquín Giménez, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo.
En el caso más que probable de que se presente el recurso de Garzón, estos cinco magistrados pueden estimarlo, lo que supondría dar carpetazo definitivo al asunto, o bien rechazarlo. En este segundo supuesto Varela daría el último paso de su instrucción, lo que en consonancia con las manifestaciones del auto conocido hoy supondrá sentar al juez de la Audiencia Nacional en el banquillo.
De ser procesado Garzón, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) deberá decidir si le suspende de forma cautelar mientras se ventila el caso, lo que supondría su salida de la Audiencia Nacional.
Fuente: La Gaceta
La decisión del instructor se desarrolla en un extenso auto de 60 páginas, notificado este jueves, en el que se desestima la última petición de Garzón para que el caso sea cerrado. La decisión puede ser recurrida ante la Sala y Garzón, por su parte, ya está estudiando con su abogado Gonzalo Martínez-Fresneda la posible interposición de recurso de apelación, informaron fuentes jurídicas.
El escrito de Varela incluye valoraciones de calado, como la que señala que el examen de las actuaciones "ha revelado, como hecho probable, que el magistrado querellado actuó con la finalidad de eludir la decisión del legislador sobre el régimen de localización y exhumación de víctimas de los horrendos crímenes del franquismo (*) sabiendo que éstos habían sido objeto de amnistía por las Cortes democráticas de España, cuya voluntad decidió conscientemente ignorar u orillar".
Tal hecho puede constituir un delito de prevaricación del artículo 446.3 del Código Penal, según Varela, que añade que "por ahora" no procede adoptar la decisión de seguir la fase de preparación del juicio oral.
Móviles altruistas
El magistrado del Supremo reconoce, no obstante, los "móviles altruistas" del titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, "como el encomiable deseo de paliar el sufrimiento de los familiares de las víctimas de los horrendos crímenes". Sin embargo, estas intenciones "no eximen, ni siquiera atenúan la eventual irresponsabilidad penal en que pudiera haberse incurrido".
La querella contra Garzón, admitida a trámite el 27 de mayo de 2009, fue interpuesta por el sindicato de funcionarios Manos Limpias y posteriormente se adhirieron a la misma la asociación Libertad e Identidad y también Falange Española y de las JONS. Garzón se enfrenta a una posible condena de multa e inhabilitación.
El auto hace un análisis exhaustivo de todas las resoluciones dictadas por Garzón en el marco de la investigación de las desapariciones hasta que se inhibió a favor de los juzgados territoriales el pasado 18 de noviembre.
Concluye que "no existía objeto procesal que justificase la iniciación del procedimiento", que Garzón "era consciente de que carecía de competencia para instruir" una causa sobre los hechos denunciados y que la consideración de éstos como delito de lesa humanidad "no autoriza a reavivar una responsabilidad penal ya extinguida por prescripción y por amnistía".
Controlar exhumaciones
A juicio del instructor del Supremo, la investigación realizada por Garzón en la causa de las desapariciones "tuvo como único objeto real controlar la realización de exhumaciones", asumiendo en la jurisdicción "funciones que aquella atribuía a las Administraciones públicas en materia de localización e identificación de víctimas".
La Fiscalía ha solicitado de forma reiterada el archivo de esta investigación si bien ahora la pelota se encuentra en el tejado del propio magistrado, que puede recurrir en apelación ante la Sala, la misma que admitió a trámite la iniciativa de Manos Limpias contra el juez. La componen los magistrados Adolfo Prego, Juan Saavedra, Joaquín Giménez, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo.
En el caso más que probable de que se presente el recurso de Garzón, estos cinco magistrados pueden estimarlo, lo que supondría dar carpetazo definitivo al asunto, o bien rechazarlo. En este segundo supuesto Varela daría el último paso de su instrucción, lo que en consonancia con las manifestaciones del auto conocido hoy supondrá sentar al juez de la Audiencia Nacional en el banquillo.
De ser procesado Garzón, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) deberá decidir si le suspende de forma cautelar mientras se ventila el caso, lo que supondría su salida de la Audiencia Nacional.
Fuente: La Gaceta
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