El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudia la admisión a trámite de una reclamación de 60.000 euros formulada por el juez asturiano José Manuel Raposo Fernández, que fue suspendido por este órgano en 2004 por supuestas amenazas al inspector jefe de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), que revisó su coche. El juez pide que se le indemnice por daños morales, después de que el Tribunal Supremo anulara la sanción del CGPJ, ya que había «caducado» el plazo para imponerla.
José Manuel Raposo Fernández, juez de primera instancia e instrucción de Castropol, fue suspendido de sus funciones durante un año por el máximo órgano de gobierno de los jueces por una falta muy grave. El Tribunal Supremo anuló esta suspensión el pasado 7 de agosto al estimar el recurso interpuesto por el juez, en el que alegaba que el acuerdo del CGPJ era «caduco», ya que fue dictado cuando ya habían sido superados con creces los seis meses previstos por la ley orgánica del Poder Judicial para la duración de un procedimiento sancionador.
Raposo califica como «ajustada e incluso prudente» la cantidad que reclama. Alega que se vio «obligado a cumplir íntegramente la sanción declarada posteriormente nula, con el perjuicio que en el orden moral ello conlleva». Según los hechos probados en el expediente disciplinario, el 9 de octubre de 2002, la Estación de ITV de Coaña (Lugo) suspendió la inspección al coche del juez, del año 1975. Finalmente, el 10 de enero de 2003 pasó el examen. Cuatro días después, el 14 de enero, el juez, vía fax desde el Juzgado y también por correo ordinario, concedió un plazo de cinco días al inspector jefe de la estación de Coaña para ingresar en la cuenta bancaria del magistrado 18.000 euros por los daños y perjuicios que consideraba que le había causado su conducta en la inspección.
Fuente: lne.es
José Manuel Raposo Fernández, juez de primera instancia e instrucción de Castropol, fue suspendido de sus funciones durante un año por el máximo órgano de gobierno de los jueces por una falta muy grave. El Tribunal Supremo anuló esta suspensión el pasado 7 de agosto al estimar el recurso interpuesto por el juez, en el que alegaba que el acuerdo del CGPJ era «caduco», ya que fue dictado cuando ya habían sido superados con creces los seis meses previstos por la ley orgánica del Poder Judicial para la duración de un procedimiento sancionador.
Raposo califica como «ajustada e incluso prudente» la cantidad que reclama. Alega que se vio «obligado a cumplir íntegramente la sanción declarada posteriormente nula, con el perjuicio que en el orden moral ello conlleva». Según los hechos probados en el expediente disciplinario, el 9 de octubre de 2002, la Estación de ITV de Coaña (Lugo) suspendió la inspección al coche del juez, del año 1975. Finalmente, el 10 de enero de 2003 pasó el examen. Cuatro días después, el 14 de enero, el juez, vía fax desde el Juzgado y también por correo ordinario, concedió un plazo de cinco días al inspector jefe de la estación de Coaña para ingresar en la cuenta bancaria del magistrado 18.000 euros por los daños y perjuicios que consideraba que le había causado su conducta en la inspección.
Fuente: lne.es
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