domingo, octubre 05, 2008

Las mediaciones extrajudiciales decaen pese al colapso de los tribunales

Las mediaciones y arbitrajes, procedimientos para resolver litigios sin acudir a los tribunales, han decaído en España pese al colapso del sistema judicial, ya que el año pasado sólo ascendieron a 1.148, lejos de los máximos logrados en 2005, cuando se registraron 1.610 procesos de este tipo.


Según los datos proporcionados por el bufete Cremades y Asociados, en 2007 se presentaron 421 arbitrajes, frente al máximo de 615 registrado dos años antes, en tanto que las mediaciones se situaron en 727, en comparación con las 995 de 2005.

En un encuentro con los medios de comunicación, el abogado Bernardo Cremades atribuyó el estancamiento de las mediaciones y arbitrajes a la inseguridad jurídica imperante en España para este tipo de procedimientos, que no son controlados por juzgados especializados, por lo que reclamó la creación de tribunales dedicados específicamente a estas cuestiones.

La Ley de Arbitraje, que trató de impulsar estos procedimientos en España, eliminó la posibilidad de que el Tribunal Supremo se pronunciara sobre estas cuestiones y creara criterios uniformes que apliquen los juzgados de primera instancia, que ejercen la labor de control de los arbitrajes y donde se puede solicitar, por ejemplo, la nulidad de un laudo.

"Además de las dilaciones propias del sistema judicial, el hecho de que no exista una jurisprudencia unificada genera inseguridad jurídica y evita que se recurra más a estos procedimientos", criticó Cremades.

Cuando se cumplen cinco años de la Ley de Arbitraje, este experto insistió en que las "expectativas no se han cumplido", por lo que reclamó que se haga un "replanteamiento".

Entre otras cuestiones, para combatir la inseguridad jurídica propuso que la Fiscalía o las Cámaras de Comercio puedan recurrir al Supremo para solicitar que se pronuncie sobre la doctrina correcta en ciertas materias, sobre las que se han tomado diferentes decisiones.

Las Cortes de Arbitraje están en manos de las Cámaras de Comercio de las respectivas Comunidades Autónomas, y resuelven principalmente cuestiones mercantiles.

Fuente: finanzas.com

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