La magistrada del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Denia, Laura Alabau, que se negó a celebrar bodas entre parejas homosexuales, se ha trasladado al juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castellón.
El traslado de Alabau se publicó en el Boletín Oficial del Estado y ha sido realizado a petición de la propia jueza.
La magistrada recurrió en julio de 2005 ante el Tribunal Constitucional (TC) la Ley 13/2005, que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, y paralizó un expediente solicitado por dos mujeres.
El TC resolvió a finales de ese año que los encargados de los Registros Civiles cumplen una función administrativa y no jurisdiccional, por lo que desestimó la cuestión de inconstitucionalidad presentada por la magistrada.
En febrero de 2006, otras dos parejas homosexuales solicitaron en el Registro Civil de Denia autorización para contraer matrimonio, petición que la jueza rechazó porque los solicitantes eran británicos y debían casarse conforme a su ley nacional, que no es "equiparable, en modo alguno", a la norma española.
Asimismo, en mayo de 2006 Alabau no admitió el informe de capacitación matrimonial presentado por otra pareja de extranjeros y rechazó su unión afirmando, como en el caso anterior, que en su país de origen no está reconocido.
Ese mismo mes, el Ministerio de Justicia pidió al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que adoptara "las medidas correspondientes" respecto a ciertas críticas al Gobierno por parte de Alabau en un escrito dirigido al fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
En dicho escrito, la juez se quejaba de haber sufrido "una persecución por parte del aparato propagandístico del Gobierno" y atribuía a la Dirección General de Registros hacer -en relación a los matrimonios homosexuales- "una interpretación ilegal sólo movida por intereses políticos y propagandísticos".
En noviembre de 2006 la comisión disciplinaria del CGPJ acordó abrir un expediente disciplinario a la jueza por la posible comisión de una falta grave y otra leve de dos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial y fue sancionada con 305 euros. Finalmente la multa fue retirada.
Fuente: diariodesevilla.es
El traslado de Alabau se publicó en el Boletín Oficial del Estado y ha sido realizado a petición de la propia jueza.
La magistrada recurrió en julio de 2005 ante el Tribunal Constitucional (TC) la Ley 13/2005, que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo, y paralizó un expediente solicitado por dos mujeres.
El TC resolvió a finales de ese año que los encargados de los Registros Civiles cumplen una función administrativa y no jurisdiccional, por lo que desestimó la cuestión de inconstitucionalidad presentada por la magistrada.
En febrero de 2006, otras dos parejas homosexuales solicitaron en el Registro Civil de Denia autorización para contraer matrimonio, petición que la jueza rechazó porque los solicitantes eran británicos y debían casarse conforme a su ley nacional, que no es "equiparable, en modo alguno", a la norma española.
Asimismo, en mayo de 2006 Alabau no admitió el informe de capacitación matrimonial presentado por otra pareja de extranjeros y rechazó su unión afirmando, como en el caso anterior, que en su país de origen no está reconocido.
Ese mismo mes, el Ministerio de Justicia pidió al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que adoptara "las medidas correspondientes" respecto a ciertas críticas al Gobierno por parte de Alabau en un escrito dirigido al fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
En dicho escrito, la juez se quejaba de haber sufrido "una persecución por parte del aparato propagandístico del Gobierno" y atribuía a la Dirección General de Registros hacer -en relación a los matrimonios homosexuales- "una interpretación ilegal sólo movida por intereses políticos y propagandísticos".
En noviembre de 2006 la comisión disciplinaria del CGPJ acordó abrir un expediente disciplinario a la jueza por la posible comisión de una falta grave y otra leve de dos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial y fue sancionada con 305 euros. Finalmente la multa fue retirada.
Fuente: diariodesevilla.es
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