
El letrado ha dicho que la resolución del Juzgado añade que "se puede oficiar a Seprotec (Traducciones Técnicas-Juradas, Intérpretes) a efectos de realizar la traducción solicitada, pero informando al solicitante que tal traducción sería a su costa, para lo cual sería presentado por tal institución, previamente, un presupuesto".
En su recurso, José Luis Mazón, que está personado en un asunto encomendado por un vecino de esta localidad catalana, señala que "no soy nacional de una potencia extranjera, sino que pertenezco al mismo Estado del Juzgado", por lo que añade que tiene derecho a que los documentos se le entreguen en castellano.
"La interpretación que hace la providencia -añade- reenviando a una empresa ¿privada? y a costa del propio demandante constituye un menoscabo de precepto legal, una burla del derecho a la traducción y una discriminación del castellano en relación al catalán".
Mazón acaba su recurso con la petición de que "se reponga la providencia en el punto impugnado y se ordene la traducción de los documentos solicitados sin cargo al litigante, en cumplimiento del precepto 231.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del derecho a la Justicia y a la no discriminación de los castellanoparlantes que no sabemos catalán".
Fuente: La Ley
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